lunes, 23 de enero de 2017

Observaciones al decreto del ANP "Islas del Pacífico de la Península de Baja California"



Infografía de la Reserva de la Biosfera "Islas del Pacífico de la Península de Baja California". Fuente: SEMARNAT-CONANP, 2016.


El 7 de diciembre de 2016 se publicó el decreto por el que se declara Área Natural Protegida (ANP), con el carácter de Reserva de la Biosfera, la región conocida como “Islas del Pacífico de la Península de Baja California”, que comprende veintiún islas y noventa y siete islotes de jurisdicción federal.

Los nombres de las islas y archipiélagos que conforman el ANP, de norte a sur, son:

1. Archipiélago Coronado: islas Coronado Norte, Coronado Centro, Coronado Sur y tres islotes (Baja California)
2. Archipiélago Todos Santos: Todos Santos Norte, Todos Santos Sur y dieciocho islotes (Baja California)
3. Isla San Martín (Baja California)
4. Archipiélago San Jerónimo: Isla San Jerónimo y un islote (Baja California)
5. Isla Adelaida (Baja California)
6. Archipiélago San Benito y Cedros: San Benito Oeste, San Benito de En Medio, San Benito Este y veintitrés islotes, e isla Cedros con diez islotes (Baja California)
7. Archipiélago Bahía Magdalena: Islas Santo Domingo y dieciséis islotes, Isla Santa María y tres islotes, Isla Magdalena y diecisiete islotes, Isla San Gil y dos islotes, Isla Pauquino y cuatro islotes, islas Pájaros y Creciente (Baja California Sur)
8. Isla Los Alijos (Baja California Sur)

Ubicación de las poligonales del ANP "Islas del Pacífico de la Península de Baja California". Fuente: Diario Oficial de la Federación, 07/12/2016


De manera general, el decreto que contempla los ocho grupos insulares, señala en su artículo primero los aspectos que hacen relevante al Área Natural Protegida “Islas del Pacífico de la Península de Baja California” de reciente creación:

- Las islas son reconocidas a nivel mundial por su alta diversidad biológica y abundancia de flora y fauna, por sus endemismos y por la integridad natural de sus ecosistemas, albergando 65% más especies de plantas y vertebrados por unidad de superficie que las islas Galápagos, además de constituir el límite noroccidental marítimo del territorio mexicano desde las cuales se traza y proyecta la Zona Económica Exclusiva, por lo que, como territorios remotos, son esenciales para mantener la integridad de la soberanía nacional y la protección y vigilancia de sus zonas terrestres, mares, fondo marino y recursos naturales.

- La región cuenta con una extraordinaria riqueza biológica marina que deriva de las particulares condiciones oceanográficas que caracterizan al Sistema de la Corriente de California. Asimismo, cuenta con aguas profundas ricas en nutrientes, que propician una alta producción biológica que, además de favorecer la biodiversidad y la abundancia de diversas e importantes pesquerías regionales, entre las que destacan las de abulón y langosta, aprovechadas por cooperativas pesqueras desde hace más de setenta años (sic).

- Las islas están rodeadas por las ricas aguas de la Corriente de California, que generan recursos de importancia económica y ecológica, entre los que se encuentran el abulón (Haliotis fulgens y H. corrugata), la langosta (Panulirus interruptus, P. gracilis y P. inflatus) y el erizo (Strongylocentrotus purpuratus y S. franciscanus); así como diversas especies de fauna marina del grupo de los urocordados y de los crustáceos, así como treinta y seis especies de mamíferos conformado por cetáceos, pinnípedos tales como león marino de California, todas ellas clasificadas en alguna categoría de riesgo conforme a la NOM-059-SEMARNAT-2010 antes mencionada;

- Los archipiélagos son representativos de una gran diversidad de vegetación terrestre como chaparral, matorral desértico micrófilo, matorral xerófilo, bosque de pino, ciprés, vegetación de dunas costeras, manglares, humedales y plantas como las biznagas (Mammillaria goodridgii, Mammillaria neopalmeri), estas últimas sujetas a protección especial de acuerdo con la NOM-059-SEMARNAT-2010 antes citada y otras plantas sin nombre común como el Lotus cedrosensis. Del mismo modo, en dicha área se distribuye vegetación marina como bosques de sargazo, algas (Dactyliosolen phuketensis, Gracilaria turgida, Rhizosolenia hialina) y pastos marinos (Phyllospadix scouleri, P. torreyi, Zostera marina);

- Las islas poseen una riqueza de especies terrestres y marinas en riesgo conforme la norma oficial mexicana señalada en el párrafo que antecede, tales como el lagarto escorpión de San Lucas (Elgaria paucicarinata pacificus), la salamanquesa del Cabo o salamanquesa insular (Phyllodactylus xanti), el paíño de Leach de San Benito (Oceanodroma leucorhoa chapmani), la pardela mexicana (Puffinus opisthomelas), la gaviota ploma (Larus heermanni), el ostrero negro (Haematopus bachmani), el ostrero americano, ostrero silbador, sargento (Haematopus palliatus frazari), el chorlo nevado, chorlitejo patinegro, chorlito níveo, chorlitejo frentiblanca (Charadrius alexandrinus nivosus), la golondrina marina menor, charrán mínimo, gaviotín (Sterna antillarum), el águila cabeza blanca (Haliaeetus leucocephalus), el elefante marino (Mirounga angustirostris), el lobo marino de California (Zalophus californianus), el lobo fino de Guadalupe (Arctocephalus townsendi), el delfín nariz de botella (Tursiops truncatus), la ballena jorobada (Megaptera novaeangliae) y la ballena gris (Eschrichtius robustus).


Análisis del decreto

De acuerdo con el primer artículo del decreto, que refiere a la descripción limítrofe, la extensión general del ANP comprende 1,161,222 hectáreas, de las cuales 70,139 hectáreas corresponden a la superficie terrestre y 1,091,083 corresponden a la superficie marina. Dentro de la superficie terrestre, se considera que el ANP tiene diecisiete zonas núcleo con una superficie total de 62,042 hectáreas y una zona de amortiguamiento que comprende 1,099 hectáreas, sin embargo, estas cifras no suman 70,139 hectáreas, por lo cual se debe revisar la inconsistencia numérica.

De las islas de la región, quedaron fuera de este decreto: en el estado de Baja California, isla Guadalupe, que desde 2005 tiene categoría de Reserva de la Biosfera; y en el estado de Baja California Sur, isla Natividad, que forma parte de la poligonal del ANP “El Vizcaíno” (Reserva de la Biosfera) e isla Santa Margarita, de la cual no se conoce algún programa de protección y que se encontraba considerada para formar parte de la Reserva en el “Estudio Previo Justificativo del ANP Islas del Pacífico de la Península de Baja California”.

Por su parte, el segundo artículo del decreto señala que las zonas núcleo y de amortiguamiento de la Reserva de la biosfera “Islas del Pacífico de la Península de Baja California” se subzonificarán en el programa de manejo. Este es un punto de interés primordial, puesto que hay algunas islas del país que, aunque se encuentran dentro de un Área Natural Protegida, no cuentan con un programa de manejo específico, es el caso de Holbox, Quintana Roo, ya que el decreto del ANP “Yum Balam”, a la que pertenece la isla (la cual tiene una categoría de Área de protección de flora y fauna), se publicó en 1994 mientras que el programa de manejo no se ha dado a conocer por parte de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP). Esta situación ha perjudicado la protección de la isla Holbox, codiciada para un uso de suelo comercial y turístico por parte de empresas internacionales. En otras islas, a pesar de formar parte de un programa de manejo de su respectiva ANP, se carece de especificidad respecto a aspectos demográficos, por ejemplo el aumento de reos en la isla María Madre, que es la más grande y única poblada de las Islas Marías y que desde 2012 amenazan aspectos ambientales de ese territorio insular.

Es por lo anterior que resulta imperativa la publicación del programa de manejo para el ANP “Islas del Pacífico de la Península de Baja California”, puesto que entre la publicación del “Estudio previo justificativo para el establecimiento del ANP” (2005) y el decreto oficial (diciembre de 2016), transcurrieron once años. El artículo décimo séptimo especifica que la formulación del plan de manejo por parte de la CONANP debe realizarse en conjunto con otras dependencias federales, habitantes de las islas y distintas organizaciones.

Los ocho grupos de islas tienen relevancia ambiental, a pesar de su amplia o pequeña extensión. Las atribuciones de manejo y conservación corresponderán primordialmente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) a través de la CONANP y en ciertos casos con apoyo de otras dependencias de gobierno, como la Secretaría de Marina, la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, tal como se especifica en los capítulos tercero y del décimo al décimo octavo del decreto.

De los ocho grupos de islas, hay dos casos que merecen especial atención, los de mayor extensión y que cuentan con asentamientos humanos: el Archipiélago San Benito-Cedros y el Archipiélago Bahía Magdalena, ambos con una población de pescadores de gran tradición. En las islas de la Bahía Magdalena su poligonal sólo considera superficie terrestre, sin superficie marina como los demás casos, pero se trata de una extensión significativa (el 48.6% del total terrestre del ANP), con presencia de humedales y manglares.

De la superficie total declarada del ANP “Islas del Pacífico de la Península de Baja California”, el 91% de la poligonal corresponde a los archipiélagos San Benito y Cedros, así como el 96% de la superficie marina y 50.5% de la superficie terrestre, aunque en este caso sobre todo corresponda a la isla Cedros, de 347 kilómetros cuadrados. De acuerdo con el decreto, toda la superficie marina asociada con estos dos archipiélagos es considerada “zona de amortiguamiento”.

La superficie terrestre de las islas Cedros y San Benito Oeste se seccionó en zona núcleo y en zona de amortiguamiento, debido a la presencia de asentamientos (el decreto no lo señala, pero hay dos localidades y varios campamentos de pescadores). En ambas zonas hay actividades permitidas y restringidas (parte concerniente a los capítulos cuarto al noveno del decreto) y es por lo cual que merece atención este caso. En Cedros el 79% de la porción norte se considera zona núcleo y el 21% en el sur (donde se encuentran las dos localidades) es la denominada zona de amortiguamiento. En San Benito Oeste la zona de amortiguamiento (35 hectáreas) parece corresponderse con una brecha que secciona de manera transversal a la isla, quedando las zonas núcleo al norte y sur de la misma.

Ubicación de la poligonal de los archipiélagos San Benito y Cedros. Fuente: Diario Oficial de la Federación, 07/12/2016


El decreto del Diario Oficial de la Federación describe del siguiente modo a estas islas: “se desarrollan importantes actividades económicas principalmente las pesquerías regionales de abulón y langosta realizadas por cooperativas pesqueras de manera sostenible desde hace más de setenta años, y el aprovechamiento acuícola del atún aleta azul (Thunnus orientalis). En estos archipiélagos es notable la presencia de diversas especies de flora y fauna como el pino (Pinus radiata var. cedrosensis), Rhus integrifolia var. cedrosensis, el encino (Quercus cedrosensis); así como especies en riesgo listadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010, como el bura de Isla Cedros (Odocoileus hemionus cerrosensis), el conejo matorralero de la Isla Cedros (Sylvilagus bachmani cerrosensis), la lagartija cornuda de Isla Cedros (Phrynosoma cerroense), el ratón de abazones de Cedros (Chaetodipus fallax anthonyi) y la rata cambalachera de Cedros (Neotoma bryanti). Cabe destacarse que, las islas de San Benito son el sitio con mayor abundancia de aves marinas en todo el Pacífico oriental desde las islas Galápagos hasta el Mar de Bering, donde llegan a anidar anualmente más de dos millones de aves marinas de trece diferentes especies”.

Las poblaciones que ocupan Cedros y San Benito (conocidas localmente como "Islas Benitos")  realizan actividades sustentables en cuanto al buceo de especies que aprovecha la cooperativa “Pescadores Nacionales de Abulón”, a la cual se le han concesionado la extracción de abulón y langosta de las aguas circundantes. De acuerdo con el artículo tercero transitorio del decreto del ANP (que complementa al décimo onceavo) “los permisos, autorizaciones o concesiones otorgados por las dependencias competentes con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, para la realización de actividades dentro de la zona de amortiguamiento de la reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California, continuarán surtiendo sus efectos hasta la conclusión de la vigencia que se haya establecido en los títulos correspondientes”, por lo cual se requiere una revisión minuciosa de las condiciones en que la población y la cooperativa continuarán ejerciendo sus actividades en las islas Cedros y San Benito.

Igualmente, es a partir de este decreto, que la regularización en los títulos de propiedad de la población de Cedros debe considerarse como un tema prioritario, puesto que la tenencia de la isla es federal, pero los habitantes comenzaron a establecerse de manera permanente a partir de 1922 hasta el presente, a lo largo de un siglo. El capítulo quinto transitorio especifica: “Notifíquese personalmente el presente Decreto a los propietarios y poseedores de los predios comprendidos en el área de la reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California. En caso de ignorarse sus nombres y domicilios se efectuará una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación, la cual surtirá efectos de notificación a dichos propietarios y poseedores”.

Como conclusión parcial, resulta pertinente destacar que es necesaria la regularización de diversas situaciones en las islas habitadas, como es el caso de Cedros: ambientales (como el riesgo de desaparición del venado bura y otras especies endémicas), económicas (continuidad de la cooperativa “Pescadores Nacionales de Abulón” y los apoyos necesarios que esta fuente de empleo requiere de los niveles municipal, estatal y federal así como la revisión y pertinencia de las acticidades turísticas) y sociales (la regulación de títulos de propiedad de sus habitantes, la protección patrimonial y arqueológica), entre otros.

Quedan pendientes algunas observaciones desprendidas de la lectura de este documento oficial, para todos los interesados se encuentra disponible en línea.